El senador del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Franklin Romero, confía en que las modificaciones aprobadas en la Cámara de Diputados al proyecto de ley que modifica varias disposiciones de la Ley 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana, serán sancionadas en la cámara alta.
Dijo que los cambios se conocerán de urgencia, debido a que se debatieron en una comisión bicameral, durante la sesión convocada para este miércoles en el Senado de la República.
Afirmó que las expectativas indican que, al conocer de urgencia las adecuaciones a los artículos controversiales que desataron una serie de manifestaciones y rechazo por parte de diversos sectores de la sociedad, estas serán sancionadas y enviadas al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
En el Senado las expectativas son de que se van a aprobar las modificaciones al nuevo Código Penal, debido a que se debatieron en comisión bicameral y todos estamos de acuerdo en que tenemos que tener una legislación que responda a las nuevas exigencias de la sociedad sin afectar libertades”, puntualizó.
Dijo que la normativa contempla cambios en más de 20 artículos que fueron analizados por una comisión bicameral y una subcomisión. Durante cuatro días, los legisladores de ambas cámaras debatieron 18 propuestas provenientes del Poder Ejecutivo y más de 90 iniciativas presentadas por distintos sectores.
Entre los temas modificados figuran los artículos relacionados con difamación, injuria, hostigamiento cibernético, malversación de fondos, hostigamiento y acoso.
Además, se introducen cambios en las disposiciones sobre violación a la propiedad privada, proxenetismo, violencia intrafamiliar y abandono de niños, entre otros.
Entre las nuevas modificaciones figura el artículo 238 sobre estafa agravada, al que se incorporará, en el numeral siete, el delito de venta fraudulenta de un inmueble ajeno.
También se modificó el artículo 177 sobre proxenetismo agravado. Aunque mantiene su definición, amplía las circunstancias que configuran el delito, incluyendo la captación de víctimas fuera del país, la comisión mediante redes de comunicación, la participación de varias personas y el uso de establecimientos destinados a facilitar la explotación sexual.
Otro cambio corresponde al artículo 170 sobre autosecuestro. La conducta delictiva permanece tipificada como establece la ley, pero se modifica la redacción para sustituir la palabra "predatoria" por "preparatoria".
Asimismo, se adiciona un párrafo al artículo 142 sobre exhibicionismo sexual, para establecer que no constituirá este delito la realización de dichos actos en contextos artísticos dirigidos a personas mayores de edad, siempre que no impliquen una afectación al bien jurídico protegido.
En el artículo 141, relativo al plazo de prescripción de la agresión sexual, se propone añadir, además de a las personas con discapacidad, a quienes se encuentren en situaciones de vulnerabilidad
Sobre el artículo 104, referente a daños por aplicación de sustancias químicas, el delito mantiene su tipificación actual.
Más consenso
El diputado de la Fuerza del Pueblo (FP), Alcibíades Tavárez, afirmó que la Cámara de Diputados no debió conocer las modificaciones a la Ley 74-25, que instituye el Código Penal, sino seguir estudiándola para lograr un texto más consensuado con todos los sectores. El legislador sostuvo que tanto el Congreso como los sectores de la sociedad deben hacer un «mea culpa».



