“Ley de tránsito: sanciones y prohibiciones aún lejos de aplicarse a motoristas”

“Ley de tránsito: sanciones y prohibiciones aún lejos de aplicarse a motoristas”

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La motocicleta se ha convertido en el medio de transporte más utilizado en República Dominicana, pero las disposiciones de la Ley 63-17 de Movilidad y su reglamento específico para motoristas continúan sin aplicarse de manera efectiva. Aunque la normativa prohíbe prácticas como conducir usando celulares, transportar niños menores de ocho años, circular sin casco, sujetarse a otros vehículos o realizar carreras clandestinas, en la práctica estas medidas no han sido asumidas por los conductores ni fiscalizadas por las autoridades.

El artículo 76 establece multas equivalentes a un salario mínimo para quienes transporten pasajeros o mercancías sin licencia de operación o en motocicletas no registradas. Además, el reglamento contempla sanciones administrativas que incluyen la exclusión de circulación de vehículos, suspensión o revocación de licencias y cancelación de autorizacionesCurrent page+1.

Los ayuntamientos también tienen responsabilidad en la regulación, mediante registros municipales de motocicletas destinadas al transporte de personas. Sin embargo, solo Santo Domingo Este intentó implementar esta medida, sin éxito.

A pesar de acuerdos entre autoridades y representantes del sector, la cotidianidad en las calles sigue marcada por el desorden y la falta de cumplimiento de la normativa

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