Santo Domingo, 22 de septiembre de 2025 — La Suprema Corte de Justicia (SCJ) anuló la decisión de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que había rechazado declarar la extinción de la acción penal contra varios exfuncionarios y empresarios acusados de la venta irregular de terrenos en el sector Los Tres Brazos.
El alto tribunal, integrado por los jueces Francisco Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Francisco Ortega Polanco, ordenó la celebración de una nueva audiencia para revisar los recursos de apelación de los acusados. Además, dispuso que el caso sea remitido a la Presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación para que designe una nueva sala, distinta a la Tercera, para conocer el proceso.
La SCJ consideró que la Corte de Apelación violó el debido proceso al decidir en cámara de consejo, sin audiencia pública, lo que vulneró el derecho de defensa de los imputados. El artículo 420 del Código Procesal Penal establece que, una vez admitido un recurso de apelación, debe fijarse audiencia obligatoriamente.
Entre los beneficiados por la decisión del Cuarto Tribunal Colegiado —que había declarado la extinción de la acción penal— figuran Leoncio Almánzar Objío, exdirector de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), Manuel Joaquín Aybar Ferrando, Irving José Cruz Crespo, Carlos Aris Gómez Williams, Julio César Gómez Williams, Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, así como varias empresas vinculadas al caso.
Con este fallo, la Suprema Corte reabre un proceso emblemático que ha marcado el debate sobre transparencia, patrimonio público y responsabilidad institucional en la República Dominicana.