Por Amanda Morel
El respeto a la dignidad ciudadana no es opcional. En la República Dominicana, la Ley 172-13 sobre Protección de Datos Personales establece que la información de contacto debe manejarse con responsabilidad y que ningún ciudadano puede ser hostigado por errores en bases de datos. Asimismo, el Código Penal tipifica el acoso y la perturbación de la tranquilidad como prácticas sancionables.
Sin embargo, cada día miles de dominicanos reciben llamadas de cobro por deudas que no les pertenecen. Números reciclados, mal ingresados o adjudicados por error se convierten en instrumentos de presión telefónica. Lo que debería ser un procedimiento legítimo se transforma en hostigamiento que afecta la paz mental, la intimidad y el derecho básico a no ser perturbado injustamente.
Cobrar es legítimo. Acosar no lo es. La carga de verificación corresponde al cobrador, no al ciudadano inocente. Quien no ha adquirido una obligación no tiene que justificar su inocencia ni entregar datos de terceros.
Un problema colectivo Este no es un caso aislado. Es un método que se repite y que erosiona la confianza en instituciones legales y financieras. La falta de depuración rigurosa de datos convierte a ciudadanos inocentes en víctimas de acoso, debilitando el tejido social y la credibilidad empresarial.
Un llamado firme y respetuoso Las firmas de abogados, bancos y agencias de cobro deben revisar sus protocolos internos y garantizar que el respeto a la privacidad sea parte esencial de sus prácticas. La responsabilidad social empresarial no se mide solo en campañas publicitarias, sino en el trato digno al ciudadano.
El derecho a la tranquilidad no se negocia. Es hora de que las instituciones asuman con seriedad la protección de datos y el respeto al ciudadano inocente. Porque la paz mental es un derecho, no un privilegio.
