SISALRIL prohíbe exigir fotos para acceder a servicios médicos

SISALRIL prohíbe exigir fotos para acceder a servicios médicos

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Santo Domingo, 18 de agosto de 2025 — La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) emitió este lunes la circular SSRL-INT-2025-001714, mediante la cual prohíbe a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), a los Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) solicitar imágenes fotográficas como requisito para brindar atención médica.

La medida responde a denuncias sobre prácticas irregulares en centros de salud, donde se exigía a los afiliados tomarse fotos antes de recibir servicios. SISALRIL calificó esta exigencia como una violación al derecho a la salud, la dignidad humana y la intimidad, principios protegidos por la Constitución y la Ley 172-13 sobre protección de datos personales.

El organismo aclaró que la única vía legal para evaluar la pertinencia de los servicios es a través de auditorías médicas, sin que esto interfiera en el acceso inmediato a la atención. Solo en casos excepcionales y documentados, cuando existan sospechas legítimas de fraude, las ARS podrán solicitar imágenes, siempre con consentimiento informado y por escrito.

SISALRIL advirtió que el incumplimiento de esta disposición podrá ser sancionado conforme a la Ley 87-01 del Sistema Dominicano de Seguridad Social y su reglamento de infracciones.

Con esta medida, la entidad busca eliminar barreras innecesarias y garantizar un acceso más ágil y respetuoso a los servicios de salud para todos los afiliados.

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