El Servicio Nacional de Salud (SNS) explicó que los nacimientos de dominicanas y extranjeras en centros publicos son registrados, únicamente, en un Libro de Partos y Nacimientos, con el que cuentan el propio hospital y donde son organizados por la nacionalidad de la madre.
Tomando como fuente primaria ese Libro de Partos y Nacimientos, posterior a esto, el personal de salud de los hospitales debe proceder a llenar el Certificado de Nacido Vivo, con el color correspondiente: blanco si la madre presenta documentación que avale su nacionalidad dominicana, y rosado, si la madre es extranjera, no residente (sin distinción de país); esto por mandato del numeral 1, artículo 28, de la Ley General de Migración 285-04.
“Todo centro de salud que al momento de ofrecer su asistencia de parto a una mujer extranjera que no cuente con la documentación que la acredite como residente legal, expedirá una Constancia de Nacimiento de color rosado diferente a la Constancia de Nacimiento Oficial, con todas las referencias personales de la madre”.
El SNS precisó que quienes acuden a las oficinas de la Junta Central Electoral (JCE), ubicadas en hospitales de la red pública, son las madres, quienes son recibidas por el personal de centro responsable del registro civil, se procede a declarar el niño, en el caso de madres dominicanas.
Este libro se creó por Resolución No. 02/2007 de la JCE con la finalidad de que todo niño nacido en el país tenga derecho a un nombre y registro de nacimiento aunque la madre se encuentre en tránsito o residiendo de manera ilegal en República Dominicana.